Letra más grande Letra más pequeña
Enviar este artículo a un amigo Imprimir este artículo
Publicado el lunes 15 de octubre de 2007
Enviar este artículo a un amigo
Email de tu amigo/a
Para que sepa quién lo envía...

Bruselas quiere demostrar que la rebaja en Sociedades benefició a las ofertas de compra españolas

X.G.P.– Bruselas quiere que desaparezcan las desgravaciones que el Impuesto sobre Sociedades permite a las compañías españolas por comprar empresas en otros países, pues la Comisión Europea considera que esas cantidades han servido para incrementar las ofertas económicas. De esta forma, las empresas españolas han sumado a sus ofertas monetarias las cantidades correspondientes a la desgravación por el fondo de comercio, lo que les ha dado mayores posibilidades de ganar las pujas que a sus rivales de otros países comunitarios. Esa es la queja de Bruselas, del resto de países comunitarios y de las empresas que han visto como perdían las posibilidades de compra de otras empresas frente a las ofertas españolas.

Con toda seguridad, en este trámite participarán los gobiernos y las empresas europeas que se han quejado ante la Comisión sobre el régimen fiscal español. Por eso, las compañías españolas ya preparan sus alegaciones para enviar a Bruselas.

El secretario de Estado de Hacienda, Ocaña, se ha apresurado a señalar que las empresas españolas no tendrán que devolver en ningún caso las desgravaciones ya aplicadas, puesto que el expediente abierto admite que las empresas beneficiadas actuaron con "confianza legítima" en la normativa vigente. Un concepto jurídico que implica que no habrá efectos retroactivos si finalmente la Comisión concluye que la norma no se ajusta al derecho comunitario.

Pensemos, que desde el ejercicio 2002, las sociedades con sede social en España que compren más de un 5% del capital de empresas extranjeras pueden computar como fondo de comercio la diferencia entre lo que les cuesta las acciones de la firma adquirida y su valor contable. Al considerar ese sobreprecio como fondo de comercio (el valor de bienes intangibles como marcas, tipo de clientela o equipo humano), la empresa puede amortizarlo; en este caso, durante 20 años, a razón de un 5% anual. Y, como toda amortización, rebaja el beneficio obtenido antes de que se aplique el tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades, lo que supone una importante rebaja de la cuota liquidable.

La dimensión de algunas de las operaciones, como, por ejemplo las compras de los bancos Abbey National y ABN Amro por el Banco de Santander, O2 por Telefónica y Scottish Power por Iberdrola dan una idea de las dimensiones del conflicto.

La competencia fiscal dentro de España es uno de los principales argumentos esgrimidos por Bruselas y recordó que el citado impuesto 'no está homogeneizado' en la UE y, por esta razón, la defensa del Gobierno español pasa por demostrar que todas las empresas que pagan impuestos en España pueden acogerse a esta norma, de manera que no se discrimina a ninguna.

El Gobierno español argumentará ante Bruselas que la amortización del fondo de comercio en casos de compras de acciones de empresas extranjeras no es ninguna ayuda o bonificación, sino un impuesto diferido, que se aplica por igual a todas las sociedades que pagan impuestos en España, con independencia de su país de origen. Además, se argumentará que no hay nada en esta norma que distorsione la competencia ni que haga nada distinto de lo que están haciendo otros países, aunque en Bruselas sí que consideran que han hallado diferencias.

En Hacienda existe el convencimiento de que el expediente acepta lo que en derecho comunitario se conoce como 'confianza legítima', que consiste en admitir que las empresas han aplicado el marco legal vigente y, por tanto, no se puede plantear la devolución de ninguna ayuda. Sin embargo, entre los empresarios existe la desconfianza de que las presiones de los gobiernos comunitarios puedan protagonizar una versión corregida y aumentada de las "vacaciones fiscales" del País Vasco, que han terminado, una vez pasadas por los tribunales, con la devolución del dinero desgravado, que les daba a las empresas instaladas en el territorio foral frente al resto de las empresas españolas. Si se analizan los precedentes, la conclusión es que Bruselas cuando concluye que una medida es una ayuda estatal que distorsiona la competencia, obliga a las empresas a devolver el dinero al Gobierno sancionado.

Sin embargo, las acusaciones de Bruselas van más a allá y la comisaria de Competencia, Neelie Kroes ha anunciado que la investigación permitirá conocer si las ayudas están justificadas y determinar si las deducciones son ayudas de Estado que restringen la competencia, puesto  que este trato fiscal no se aplica a las adquisiciones dentro del país.