Monitor de la Construcción
La burocracia administrativa ahoga a las constructoras
· Contratar con la Administración en el sector de la construcción obliga a las empresas a disponer de mucho tiempo, dinero y de un importante número de asalariados especialmente formados y dedicados únicamente a este fin.
El exceso de regulación y de tramites, de la que se deriva habitualmente una enorme hipertrofia de burocracia y papeleo –sea físico, digital o en cualquier otro soporte-, ahoga cada vez más las actividades productivas, especialmente en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Así lo pone en evidencia un reciente informe de las Cámaras de Comercio, “Regulación y competitividad empresarial”, elaborado a partir de entrevistas a más de 6.500 empresas. Más del 10% de las empresas evalúan el coste de la regulación en importes superiores –a veces muy superiores- a 30.000 euros anuales. Las empresas critican unánimemente este exceso de regulación y la falta de evaluación de los costes que genera, así como la extrema complejidad de los procedimientos administrativos que se pone de manifiesto, por ejemplo, en las singulares dificultades que sobrellevan la mayoría de las empresas a la hora de solicitar ayudas o de contratar con las administraciones. Es posible, se argumenta, mantener el rigor de las inspecciones o labor de policía de las administraciones, sin tamaño despliegue de burocracia estéril.
La mayor incidencia de la ineficiencia y de las exigencias de cargas administrativas de los entes públicos en sus relaciones con las empresas, se ceba en el sector de la construcción, en el que este problema se ha agudizado exponencialmente en la legislatura que ahora concluye, a causa del abultado paquete de nuevas leyes, códigos, decretos y disposiciones que, inevitablemente, añaden más y más trámites, obligación de presentar nuevos libros oficiales, documentos, y papeles que avalen el cumplimiento de estas nuevas exigencias. El Código Técnico de la Edificación, la Ley de Subcontratación y la nueva Ley de Contratos, entre otras, así como los innumerables decretos, órdenes y reglamentos que las desarrollan, aumentan considerablemente el área burocrática cuyo cumplimiento, como es sabido, recae inevitablemente en las empresas y el sector privado. Contratar con la Administración en el sector de la construcción obliga a las empresas a disponer no solo de mucho tiempo y dinero para cumplir estas exigencias, sino de un importante número de asalariados especialmente formados y dedicados únicamente a este fin.
Concluida esta legislatura, el sector de la construcción se ha puesto manos a la obra para intentar hacer llegar a la Administración del Estado que se derive de los resultados de la nueva consulta electoral en marzo, propuestas razonadas para eliminar o reducir las cargas administrativas en el ámbito de la contratación pública. La CNC, que aglutina a la práctica totalidad de las asociaciones empresariales sectoriales y territoriales de la construcción, ha formado un grupo de trabajo en su seno con el fin de elevar estas propuestas a la administración en su momento. Aunque hay que decir que ya el gobierno auspició en 2004, por medio del Ministerio de Hacienda, una Comisión de Expertos con este mismo fin y en la que participaron todos los sectores empresariales afectados por la contratación pública, así como importantes funcionarios, pero cuyas conclusiones quedaron entonces en agua de borrajas.
La primera área de propuestas se refiere a la simplificación de los documentos de obligada presentación en las ofertas de los contratos públicos. Dado que en las licitaciones es obligado aportar numerosa documentación para acreditar circunstancias de las que la Administración ya dispone de información -puesto que para presentarse a estas licitaciones hay que disponer de clasificación como empresa que pueda contratar con las administraciones públicas, como obligan los artículos 47 y 48 del TRLCAP- podría cualquier administración licitante recabarla internamente de forma automática, evitando a las empresas la tediosa y muy costosa presentación de dicha documentación en cada licitación. Esta información se refiere a la capacidad de obrar, así como la solvencia técnica, económica y financiera, entre otras cuestiones.
Hay, pues, que simplificar, por una parte, los trámites necesarios para obtener la clasificación de contratistas y, por otra, la documentación que se debe presentar en las licitaciones. La CNC propone, como alternativa, que la administración licitante acepte declaraciones responsables, sin perjuicio de que se realicen comprobaciones aleatorias. Por otra parte, habría que simplificar la documentación que debe presentarse en cada licitación, ya que una gran parte de ella -acreditación de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias o a la Seguridad Social- podría recabarla la propia Administración a los correspondientes servicios de dicha Administración, o a los registros públicos como es el caso de los de la Propiedad o Mercantil. En esta línea hay también un sinnúmero de documentación de identificación de personas físicas o jurídicas, declaraciones de operaciones con terceros, resúmenes del IVA, compras y ventas en los tres últimos años, informes de la vida laboral de la empresa, autorización para ejercer la actividad correspondiente a un subgrupo, certificados de la Seguridad Social que ratifique el número medio de trabajadores empleados en la empresa en los tres últimos años, etc. etc., que podrían obviarse si la propia administración se ocupara de comprobarlo dentro de su propio ámbito.
En esta línea también se podría cambiar el costoso y largo proceso de compulsar fotocopias de documentación o de presentar copias notariales, por el de aceptarse la presentación de fotocopias normales, sin perjuicio de nuevo de las comprobaciones ulteriores y aleatorias que quisiera hacer el órgano licitador.
Otros campos de simplificación sería maximizar la utilización de nuevas tecnologías con la consiguiente normalización de protocolos, formatos y lenguajes informáticos a ese fin, la simplificación de las exigencias específicas en la contratación pública y cambiar los parámetros de la propia clasificación de contratistas, que actualmente no pasa de ser como el número de la cola del supermercado. Por el contrario, la clasificación debería responder verdaderamente a criterios diferenciadores entre las empresas que reúnan una serie de requisitos, que estarían clasificadas. y las que no lo hagan, que serían excluidas ab initio. Pero de ellos hablaremos en la próxima entrega.