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Publicado el viernes 25 de abril de 2008
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La Comisión Europea quiere libertad en los intercambios de datos policiales

· Se trata de garantizar que los datos estén disponibles con fines de investigación, detección o enjuiciamiento de los delitos graves

Datos policialesX. Gil Pecharromán.– La Comisión Europea ha creado un grupo de expertos en asuntos relacionados con la conservación de los datos personales con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de los delitos graves. El grupo de expertos constará de un máximo de 25 miembros elegidos entre las autoridades responsables de la aplicación de la ley en los Estados miembros, parlamentarios europeos, asociaciones de la industria de las comunicaciones electrónicas, representantes de las autoridades responsables de protección de datos y un miembro del Supervisor Europeo de Protección de Datos. Se trata de constituir un foro de diálogo y de intercambio de experiencias y buenas prácticas entre los expertos elegidos entre los grupos mencionados en el artículo 3, en especial entre las autoridades competentes de los Estados miembros y los representantes del sector de las comunicaciones electrónicas, sobre las cuestiones relacionadas con la conservación de datos personales por los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones con el fin de garantizar que los datos estén disponibles con fines de investigación, detección o enjuiciamiento de los delitos graves.

De esta forma, se trata de paliar unas situaciones que colapsan las investigaciones policiales y el control de los juzgados sobre los delincuentes por las limitaciones establecidas por el acceso a los datos de interés personal y el tiempo máximo que se puede mantener.

Uno de sus primeros cometidos será estudiar el acceso limitado a las bases de datos policiales de todos los países comunitarios por la policía de los Estados Unidos, lo que se enmarca en un intento por resolver la actual disputa sobre los visados con Washington.

La oferta, que probablemente incremente las preocupaciones europeas por la privacidad de los datos, sería un intento para que los Veintisiete entren en el sistema libre de visados de Estados Unidos, pero sólo entraría en vigor si la Unión Europea recibe datos similares de Washington, algo que todavía está por dilucidar.

En España, con motivo del juicio del 11-M se planteó en el Parlamento el debate sobre la necesidad de que las empresas telefónicas conservasen los registros de llamadas durante un tiempo prudencial para que en las investigaciones pudiesen comprobarse las llamadas realizadas por los sospechosos, que en multitud de casos judiciales son elementos básicos en los procedimientos penales. Fruto de estas disquisiciones surgió la Ley de Conservación de Datos relativos a las Comunicaciones Electrónicas, que en octubre de 2007 aprobó definitivamente el Congreso -por unanimidad- y que obliga a las compañías a guardar los datos de usuarios y llamadas (excepto su contenido) y cederlos en investigaciones criminales.

Ahora el debate se centra en la inexistencia de una base de datos conjunta entre las Fuerzas de Seguridad y los tribunales de toda España para localizar a personas en busca y captura, que motiva que en un mismo edificio de juzgados un delincuente esté presentándose regularmente ante el juez y en el de al lado, puerta con puerta, exista una orden de búsqueda y captura contra él por no hallarlo.

Los secretarios judiciales denunciaban al concluir la huelga de los funcionarios de Justicia, que se habían encontrado con un grave problema al cumplir los servicios mínimos y es que en cada sede judicial tan solo había un secretario por día, que debía atender a todos los ciudadanos que se presentasen en demanda de alguna información, por ejemplo sobre citaciones. El problema es que el secretario de turno no tenía acceso más que a los datos de su propio juzgado, con lo que únicamente podía a tender a quienes demandaban información sobre sus competencias y no sobre las del resto de juzgados.

Tanto la normativa comunitaria como la española permiten el intercambio de informaciones y datos personales entre las fuerzas de seguridad de los diversos países miembros, a través de los conductos establecidos por la interpol, sin necesidad de solicitar ningún tipo de permiso a las autoridades de protección de datos.

Los países miembros de la Unión Europea alcanzaron en enero de 2007 un acuerdo para compartir información policial, como huellas dactilares, datos de ADN de personas sospechosas y matrículas de coches, a través del acceso a las bases de datos policiales de los distintos países europeos. El acuerdo, conocido desde 2005 como Tratado de Prüm, ha sido firmado por España.

Fue en 2004 cuando todos los países de la UE acordaron en La Haya el llamado principio de disponibilidad de datos, que debía después concretarse en compromisos de intercambio de información policial. Eso no sucedió porque el veto de algún Estado miembro siempre acababa por dejar en la cuneta las propuestas legislativas de la Comisión Europea. Mientras, en 2005, siete países europeos -España, Bélgica, Alemania, Francia, Luxemburgo, Holanda y Austria- firmaron en la ciudad alemana de Prüm este acuerdo para intercambiar datos policiales.