Aquel 'plástico' llevaba aparejado un TAE inicial de casi un 26,82%, que posteriormente podría alcanzar el 27,24%. Apoyándose en la centenaria Ley de Usura, el Supremo, en su fallo, calificó como "manifiestamente desproporcionado" el interés de la tarjeta. Los ecos de aquella histórica decisión judicial siguen resonando en los juzgados, y todo apunta a que lo harán durante bastante tiempo.
Máquinas de generar intereses
El mecanismo financiero de las 'revolving' condena al usuario a enredarse en un bucle de deuda que no hará sino crecer. Las compras o pagos financiados con ellas quedan aplazados automáticamente, de modo que el usuario dispone de una línea de financiación que le permite pagar sus compras a plazos.
Son productos de crédito, por lo que se pueden hacer pagos aunque la cuenta esté a cero, lo que genera un cargo para el usuario. Y si la cuota elegida no cubre los intereses, la devolución del crédito puede demorarse, de modo que la deuda sigue incrementándose hasta que el pasivo no pueda ser satisfecho. Nace entonces un nuevo cargo con nuevos intereses, y vuelta a empezar.
Más derrotas judiciales para la banca
El Levante peninsular e insular ha sido el escenario de las más recientes bofetadas judiciales para el sector financiero. En Elche, una jueza de primera instancia ha anulado el contrato de una tarjeta 'revolving' firmada por un usuario con el banco BBVA por falta de transparencia en sus condiciones. en la sentencia, la magistrada considera que el clausulado "no permite conocer el alcance real de los efectos económicos en la aplicación del interés retributivo pactado".
Más al este, en Ibiza, un usuario ha conseguido que Wizink le devuelva el dinero cobrado indebidamente por una tarjeta de este tipo, contratada hace 14 años. Durante todo ese tiempo, la entidad (que en el momento de la firma del contrato aún se llamaba Citibank) le ha estado cobrando intereses, que no pararon de aumentar hasta alcanzar los 17.000 euros.
El porcentaje aplicado era del 26,82%, idéntico al del contrato anulado por el Supermo hace dos años. Siguiendo la doctrina del Supremo, el juzgado ilicitano ha declarado nulo el contrato por su carácter usurario, condenando obligando a Wizink a devolver cerca de 17.000 euros al cliente, incluyendo 12.500 relativos a los intereses remuneratorios cobrados de más durante 14 años.